Como informamos, las 2 personas que actualmente tenemos como positivos en COVID-19 (afortunadamente no presentan complicaciones) hacen que nuestro pueblo supere los 500 casos de incidencia acumulada por cada 100.000 habitantes. Esto hace que quede cerrado perimetralmente a partir de las 00:00 horas de esta noche, situación que se mantendrá durante los próximos 14 días. Este plazo se podrá ampliar en función de la evaluación de la incidencia de la pandemia en la localidad. Así ha sido publicado hoy en el Boletín Oficial Extraordinario de la Junta de Andalucía, nº 14.

El cierre perimetral implica que no se podrá entrar ni salir de todo el término municipal cañetero salvo por las siguientes causas justificadas:

Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

Desplazamiento para la realización de actos de recolección en huertos por sus propietarios o arrendatarios, así como la atención y alimentación de animales.

Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.

Desplazamientos de deportistas de categoría absoluta, de alto nivel o de alto rendimiento, entrenadores, jueces o árbitros federados, para las actividades deportivas de competiciones oficiales que se encuentren autorizadas en cada momento por las autoridades sanitarias, que se acreditarán mediante licencia deportiva o certificado federativo.

Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.